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El ayuntamiento de Bahía de Banderas quiere nombrar al corredor Destiladeras – Punta de Mita: “Destino Turístico SUSTENTABLE”.
El ayuntamiento de Bahía de Banderas quiere nombrar al corredor Destiladeras – Punta de Mita: “Destino Turístico SUSTENTABLE”.
Entregará la solicitud a la
Secretaría de Turismo del Gobierno Federal (1).
Elabora un Plan Parcial “a la medida”
para seis inversionistas.
Entre ellos el desarrollador
turístico DINE de Punta Mita.
DINE, una empresa de desarrollo
turístico con una trayectoria negra por el despojo de los habitantes de la
península de Punta Mita.
Ahora DINE, en colusión con las
autoridades de PROFEPA y SEMARNAT, también quiere “privatizar” el “ESTERO de la
LANCHA”.
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VISTA
AÉREA DE PLAYA "LA LANCHA" | ................... Es así como luce desde las alturas, el
estero y la playa 'La Lancha' que se ubica en Punta de Mita, la cual pretende
cerrar al público en general un inversionista con la presumible intención de
secar el estero para construir un complejo hotelero y mansiones de alta
plusvalía:
https://www.facebook.com/643033282480715/videos/380028209489146/
https://www.facebook.com/643033282480715/videos/380028209489146/
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El “TURISMO SUSTENTABLE” no existe. Es
una contradicción en sí misma (contradictio
in adiecto). El TURISMO NO tiene
nada de sustentable.
NO es ético porque segmentos
dominantes se benefician a costa de otros. Se hace negocio con el patrimonio
social sin responsabilidad. Se lucra con
el bien comunitario de la naturaleza: montañas, esteros, playas, manglares,
bosques.
En el caso concreto significa la
elaboración de un PLAN PARCIAL “a la medida” para seis inversionistas que son
propietarios de la mayoría de las 6 mil 500 hectáreas del polígono de este
Plan.
Entre ellos el desarrollador turístico DINE de Punta Mita, propiedad de Fernando Senderos Mestre (2).
Entre ellos el desarrollador turístico DINE de Punta Mita, propiedad de Fernando Senderos Mestre (2).
DINE, empresa de desarrollo turístico
con una trayectoria negra por el despojo de los habitantes de la península de
Punta Mita.
El nuevo PLAN PARCIAL significa la eliminación
de toda el área silvestre dando habitabilidad a una gran parte de la Sierra de
Vallejo, fábrica de agua para la región.
Comparando la normatividad de
utilización del suelo actual con este PLAN PARCIAL, se puede apreciar que el
nuevo plan resultará en la eliminación de una gran parte de Áreas Naturales
(N-BOS –P y N-BOS-A) y de Áreas de Actividad Agropecuaria
(AG-AP-P; AG-MP-N; AG-BP-H) de la Sierra Vallejo. Dando habitabilidad bajo el
régimen de las modalidades del uso del suelo “AREAS DE DESARROLLO TURÍSTICO (T
25, T15, T12 …. hasta T 2). !Los “ranchitos ecológicos” no se dejarán esperar!
Peor aún: Desde el primer gobierno
del actual alcalde en 2005 - 2008 sabemos que las modalidades del uso del suelo
previstas en el plan “son negociables”. NO representan ninguna garantía de que
no se puedan construir torres de 10 pisos, como en aquel entonces
alcalde lo permitió para el Desarrollo “ALAMAR Beach & Views”, lo cual “dio
en la torre” al pueblo pesquero pictoresco
La Cruz de Huanacaxtle (3).
Durante su presidencia en el
municipio de Bahía de Banderas en NAYARIT en los años 2005 – 2008, el también actual
alcalde
…
hizo desaparecer un ATLAS de RIESGO para el municipio Bahía de Banderas,
elaborado por la Universidad de Guadalajara, por sus resultados desfavorables
para los desarrolladores turísticos. Así sometió grandes partes de la población
a riesgos naturales claramente identificados por investigadores universitarios:
Acto de colusión cínico y criminal de su gobierno municipal en favor de los
desarrolladores turísticos de la región,
…
promovió innumerables Planes Parciales de Desarrollo Urbano que
indujeron la destrucción ambiental y del tejido social en los pueblos costeros
del municipio,
… permitió que los desarrolladores violaran el Plan de Desarrollo Urbano del Municipio,
... aprobó la construcción de las 15 torres de 10 pisos de “ALAMAR Beach & Views” en La Cruz de Huanacaxtle,
… permitió que los desarrolladores violaran el Plan de Desarrollo Urbano del Municipio,
... aprobó la construcción de las 15 torres de 10 pisos de “ALAMAR Beach & Views” en La Cruz de Huanacaxtle,
...
promulgó la privatización de buena parte de la Playa Manzanilla en La
Cruz, también en favor de este desarrollo turístico,
… en los últimos días de su
administración, hizo que el ayuntamiento firmara un contrato muy ventajoso con
y para la empresa GIRRSA por 25 años para la recolección de la basura en el
municipio, una empresa que rinde un
servicio con una mala calidad, de acuerdo a la opinión de los habitantes de
Bahía de Banderas. Después el alcalde apareció como socio de esta empresa.
El nuevo Plan Parcial de Desarrollo
Urbano para Destiladeras - Punta Mita.
El nuevo Plan Parcial de Desarrollo Urbano
para Destiladeras - Punta Mita elimina los corredores biológicos. Impacta la
biodiversidad, como varias especies protegidas por la NOM 059.
En esta zona NO hay agua. Se
extinguirán 3 esteros de la zona (Litibú, Careyeros y La Lancha). ¡NO habrá accesos al mar!
DINE también quiere privatizar al
“ESTERO DE LA LANCHA” (3).
Todo ya negociado por parte del
Municipio con la Asociación de los Empresarios de Punta Mita (ADEPM). Su
Presidente es la misma persona que en el año pasado - como presidente de la
Asociación de Colonos de Litibú (Litibú
Community Asociation/LCA) - quería cerrar el acceso público a la playa de LITIBÚ.
POR CIERTO: ¿Cómo va a garantizar el Municipio de Bahía de
Banderas los servicios públicos para los cientos de casas nuevas de este MEGA
Desarrollo en la Bahía, si actualmente ya es incapaz de proveer agua potable,
manejo de aguas negras y recolección y deposito final profesional de la basura
para grandes partes de su población?
En una versión del nuevo plan parcial
para la región querían llevar agua para el nuevo desarrollo del pozo de Higuera
Blanca. Higuera Blanca es una comunidad cercana, donde cortan el suministro del
agua potable a cada rato.
Por supuesto el Plan para esta MEGA
Desarrollo tampoco obliga a los desarrolladores turísticos a captar el agua
pluvial.
Ni les incentiva a utilizar la energía solar. Esto en un lugar donde el sol la mayoría de los días del año está visible en un pro medio de 10 hasta 13 horas al día (5).
Ni les incentiva a utilizar la energía solar. Esto en un lugar donde el sol la mayoría de los días del año está visible en un pro medio de 10 hasta 13 horas al día (5).
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NOTAS:
(1) Bahía de Banderas: Avanza nombramiento como Destino Turístico Sustentable: http://www.tribunadelabahia.com.mx/avanza-nombramiento-como-destino-turistico-sustentable-del-corredor-destiladeras-punta-de-mita/
(1) Bahía de Banderas: Avanza nombramiento como Destino Turístico Sustentable: http://www.tribunadelabahia.com.mx/avanza-nombramiento-como-destino-turistico-sustentable-del-corredor-destiladeras-punta-de-mita/
ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la Dictaminación de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5463164&fecha=30/11/2016
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Artículo 12. El Estudio de Factibilidad Turístico Socio - Ambiental deberá incluir la descripción detallada de la propuesta, considerando los siguientes apartados:
I. Diagnóstico, descripción y análisis del entorno turístico;
a) Características históricas y culturales;
b) Centros de población existentes;
c) Situación jurídica de la tenencia de la tierra;
d) Descripción de la situación socioeconómica;
e) Descripción de la situación ambiental del sitio;
f) Vías de acceso e Infraestructura Urbana;
g) Oferta y Demanda turística;
h) Competitividad turística en la Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable;
i) Problemática específica del entorno turístico social y ambiental.
j) Programa de desarrollo turístico
II. Estudio de viabilidad, que deberá contener un análisis de la información requerida que demuestre que existe una compatibilidad entre el desarrollo de las actividades turísticas, el desarrollo urbano y la conservación de los recursos naturales, así como el equilibrio ecológico y beneficio social para la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable;
III. Alineación con los Planes y/o programas estatales y/o municipales ecológicos y los de prevención y gestión integral de los residuos.
IV. La compatibilidad de las Actividades y Servicios Turísticos cuya realización se proponga, considerando zonas de riesgo y vulnerabilidad al cambio climático.
V. La compatibilidad de las Actividades y Servicios Turísticos cuya realización se proponga, con los escenarios climáticos actuales y futuros;
VI. Mecanismos de gestión intersectorial para Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable;
VII. Beneficios específicos de las Actividades y Servicios Turísticos existentes o cuya realización se proponga;
VIII. Condiciones generales para la elaboración del Programa de Manejo de la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable delimitada;
IX. Mecanismos o modalidades de financiamiento por parte de los interesados o beneficiarios de las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable;
X. Los demás elementos que se consideren necesarios para el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia ambiental, a fin de garantizar la sustentabilidad de la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable;
XI. Estudio de impacto vial susceptible de producirse en la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, que deba presentarse ante la autoridad competente con motivo de las Actividades y Servicios Turísticos cuya realización se proponga;
XII. Cuando se ubique una Zona de Desarrollo Turístico Sustentable en la Zona de influencia de un área natural protegida federal, se deberá considerar la opinión de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas;
XIII. En su caso, Atlas Nacional de Riesgos y demás instrumentos previstos en la Ley General de Cambio Climático; y
XIV. En su caso, autorización del Impacto Ambiental susceptible de producirse en la Zona de Desarrollo Turístico Sustentable, que deba presentarse ante la autoridad competente con motivo de las Actividades y Servicios Turísticos cuya realización se proponga.
Artículo 13. El Estudio de Factibilidad Turístico-Socio-Ambiental deberá incluir dos apartados; uno con la descripción de la metodología empleada, especificando los aspectos relativos al levantamiento de la Línea de Base, así como la valoración de los impactos sociales, ambientales y turísticos, y otro que delimite y describa el Área propuesta para establecer las Zonas de Desarrollo Turístico Sustentable, de conformidad con lo establecido en el capítulo III, de este Título.
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(2) (2) Fernando Senderos Mestre/ Age : 68/
Public asset : 392,181,498 USD; https://www.marketscreener.com/business-leaders/Fernando-Senderos-Mestre-05PB09-E/biography/ Fernando
Senderos: Gestor de importantes obras estratégicas: http://vallartaopina.net/2018/02/14/local/ciudad/fer nando-senderos-gestor-importantes-obras-estrategicas/
(3) Desarrollo "ALAMAR Beach & Views" en La Cruz de
Huanacaxtle, Bahía de Banderas, Nay., con CLUB de PLAYA ´privado´ = playa
pública privatizada con el consentimiento de las autoridades federales,
estatales y municipales: http://rivieranayaritone.blogspot.com/2011/04/desarrollo-alamar-beach-views-en-la.html (4) Desarrollo turístico agresivo en Bahía de Banderas, NAYARIT: http://rivieranayaritone.blogspot.com/2018/07/desarrollo-turistico-agresivo-en-bahia.html
(5) Horas de luz natural y crepúsculo en Valle de Banderas: https://es.weatherspark.com/y/3400/Clima-promedio-en-Valle-de-Banderas-M%C3%A9xico-durante-todo-el-a%C3%B1o
Buena nota. Ojalá la sociedad civil de la región puedan detener este criminal proyecto...
ResponderEliminarFernando Betanzos