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La petición presentada ante la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) en virtud del capítulo 24 del T-MEC asevera que México no está aplicando de manera efectiva sus leyes y reglamentos ambientales en lo concerniente a la protección de los frágiles ecosistemas afectados por el proyecto del TREN MAYA Maya en la península de Yucatán de México.
Montreal,
21 de julio de 2022. El día de hoy,
las organizaciones Moce Yax Cuxtal, A.C., Grupo Gema del Mayab, A.C., Jaguar
Wild Center, A.C., Red de Capacitadores Socio Ambientales, Sélvame del Tren,
Cenotes Urbanos y diecinueve individuos presentaron una petición ante la Comisión para la Cooperación
Ambiental (CCA) con apego a las
disposiciones previstas en el capítulo 24 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
Los Peticionarios aseveran que México está incurriendo en omisiones en la
aplicación efectiva de la legislación ambiental por cuanto a la evaluación de
los impactos ambientales asociados al proyecto del Tren Maya (Tramo 5
Sur), ubicado en el estado de Quintana Roo, México.
En la petición SEM-22-002 (Tren Maya), los Peticionarios aseveran que el proyecto no se sometió a un
procedimiento de evaluación de impacto ambiental (“procedimiento EIA”)
adecuado, como se requiere para este tipo de proyectos de infraestructura. En
particular, los Peticionarios afirman que México incumplió el carácter
preventivo del procedimiento EIA y sostienen que, debido a la fragmentación del
proyecto en varios segmentos, no se consideraron los impactos ambientales
significativos, acumulativos, sinérgicos, directos, indirectos y residuales.
Los Peticionarios aseveran que los estudios de suelo y geofísicos son
inadecuados porque no consideran la fragilidad del karst y del suelo de la
península de Yucatán, lo que resulta en elevados riesgos de hundimiento de la
infraestructura, así como de accidentes durante el transporte del combustible.
La petición también señala las carencias en lo relativo a la evaluación de
riesgo de los talleres para la carga de combustible y el mantenimiento, así
como la falta de consideración de las especies en peligro de extinción en la
zona.
Los Peticionarios citan varios instrumentos legales nacionales e
internacionales, entre éstos la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo de Escazú, el Pacto de San José de Costa Rica, el Protocolo de San Salvador, la Declaración de Río, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al
Ambiente, la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, la Ley General de
Vida Silvestre y la Ley de Aguas Nacionales.
El Secretariado de la CCA cuenta con treinta (30) días para examinar la
petición y determinar si ésta satisface los requisitos establecidos en los
artículos 24.27(2) y (3) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá. Si
desea obtener información más detallada al respecto, consulte el registro de
la petición SEM-22-002 (Tren Maya) en el sitio web de la CCA.
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“SEGURIDAD NACIONAL”, la
cláusula de escape de AMLO para seguir con el TREN MAYA.
El Gobierno Federal sostiene que “no hay
ningún daño” al medio ambiente.
Ni hay desacato judicial de los amparos por el
reinicio de las obras del TREN MAYA.
AMLO nuevamente acusa a los defensores del medio ambiente de “seudoambientalistas y conservadores corruptos con intereses políticos”.
¿QUÉ SON LOS CENOTES?
http://rivieranayaritone.blogspot.com/2022/07/seguridad-nacional-la-clausula-de.html
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