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domingo, 23 de abril de 2023

AGUA y MINERÍA en México

AGUA Y MINERÍA

Con esta liga, en menos de un minuto, puedes enviar correos a los Senadores para que defiendan el agua al votar esta semana sobre el paquete de reformas en materia de agua y minería:

https://actionnetwork.org/letters/senadores-defiendan-nuestra-agua-frente-a-las-mineras

Cediendo frente a presiones por parte de la megaminería, los Diputados destriparon los controles contra la sobreexplotación, el acaparamiento y la grave contaminación del agua previstas en la Iniciativa de reformas del Presidente.

(Para ver qué aspectos de la Iniciativa del Presidente fueron incluidos en la Iniciativa aprobada en Diputados, y cuáles se requieren recuperar esta semana en el Senado, pica aquí: https://bit.ly/EvaluacionReformasAguaMineria )

Tema

Iniciativa del Presidente

Iniciativa aprobada

Implicaciones

Agua de laboreo (el agua que sale sin ser extraída, por interrumpir los flujos subterráneos)

Requeriría de concesión y disponibilidad

NO requeriría de concesión ni disponibilidad

Las mineras seguirán obteniendo 300%, 400% del volumen concesionado, sin requerir de la disponibilidad, y sin tener que respetar  las restricciones aplicadas a agua para uso minero 

Vigencia de la concesión de agua

5 años, prorrogable durante toda la vigencia de la concesión minera siempre que cumplan con normatividad

30 años, prorrogable, si cumplan con la normatividad

La prórroga quinquenal de la concesión de agua permitiría regular las concesiones que fueron otorgadas antes de las reformas. Pone el cargo de la prueba al lado de las mineras (Acuerdos de Escazú), quienes tendrían que comprobar su cumplimiento con sus obligaciones hídricas y ambientales para renovar su concesión.

Acaparamiento del agua

Se pone un tope al % del agua de una cuenca o acuífero que puede ser concesionado a una minera

No hay tope al % concesionable a una minera

Hay mineras que cuentan con concesiones que representan hasta el 84% del agua de un acuífero

Desmonte de presas de jales actuales

Mineras con presas de jales en cauces federales tendrán que iniciar su desmonte en 365 días

No se requerirá del desmonte de presas de jales a menos que la autoridad compruebe que representan un riesgo

La Profepa no cuenta con el personal ni recursos para comprobar riesgo a prueba de juicios, y la LAN de por sí no permite la peligrosa pero común práctica de depositar jales en cauces

Ocupación temporal de las tierras de núcleos agrarios y particulares

Concesionario firmará convenio con dueños, y les entregará el 10% de las utilidades obtenidas

Concesionario firmará convenio con dueños y les entregará el 5% del resultado fiscal al restar contribuciones no deducibles

La actividad minera no permite acceso a las tierras de las cuales el núcleo o particular es propietario durante décadas, al término del cual todo se ha quedado destruido

Vigencia de la concesión minera

15 años, prorrogable por 15 más  

30 años, prorrogable por 25 más, y luego preferencia en licitación por 25 años más (80 años)


Minería como actividad preferente

Se deroga

Incorporado


Consulta a pueblos indígenas

Se tendrá que realizar previamente a la concesión

Incorporado


Limitantes a zonas susceptibles a exploración, explotación, beneficio y del depósito de residuos mineros

No en ANP, humedales, vasos o en cauces federales, ni en lecho marino

Incorporado


Agua para uso industrial en minería

Nuevo uso más estricto de aguas nacionales que implica: respetar Programa de Restauración,

no poder obtener volúmenes vía transmisión, tener que contar con pozos de monitoreo, no poder profundizar pozos 

Incorporado


Programa de Restauración, Cierre y Post-Cierre, con obligaciones hídricas y ambientales desde el inicio de operaciones

Nuevo requisito para obtener la concesión minera y de agua; su incumplimiento causaría revocación de su concesión de agua, y por lo tanto, cancelación de concesión minera

Incorporado


Garantías para cubrir daños sociales y ambientales

Dos vehículos financieros para cubrir daños sociales (SE) y daños ambientales (Semarnat)

Incorporado


 (1) (2) (3)

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NOTAS: 

(1) Ley Minera de 32 años: https://www.youtube.com/watch?v=swTw57IrE_c&ab_channel=JulioAstillero

(2) AGUA de los veneros y escurrimientos que provengan de la explotación minera.

Otro beneficio para las actividades mineras son las leyes ambientales, las cuales son complacientes ante la contaminación y destrucción del hábitat, sobre todo porque el auge en la sustracción de minerales trajo como práctica extractiva principal la técnica de tajo a cielo abierto, altamente destructiva del hábitat, ya que requiere de remover grandes capas de suelo y por la contaminación de los suelos y mantos freáticos por el uso de químicos como el cianuro en tanques de lixiviación, con la utilización intensiva de recursos e insumos como el agua y la electricidad.

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(3) Como una minera canadiense puede dar en la torre a un “Pueblo Mágico” al borde de la Sierra Madre Occidental de México: https://rivieranayaritone.blogspot.com/2023/02/como-una-minera-canadiense-puede-dar-en.html

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FUENTE: Agua para Todxs Agua para la Vida info@email.actionnetwork.org

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